Fecha de publicación: 3 Julio 2023
La norma establece que no están obligados a declarar renta los asalariados que no sean responsables del impuesto a la ventas (IVA), cuyos pagos brutos provengan por lo menos en un 80% de los originados en una relación laboral.
La declaración de renta a presentarse en el segundo semestre del año corresponderá a la actividad que tuvieron las personas durante el año 2022. Por ello, no reflejará aún los cambios que introdujo la reforma tributaria para la igualdad y la justicia social.
La fecha correspondiente para la presentación de la declaración de renta en 2023: inicia el 9 de agosto e irán hasta el 19 de octubre, según los últimos dígitos del Nit.
Todas las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones deben realizar la declaración del impuesto sobre la renta 2022:
- Que los ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $53.206.000.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $53.206.000.
- Que los consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $53.206.000.
- Que el valor total de las compras y consumos sean igual o superior a $53.206.000.
- Que el patrimonio bruto al término del año gravable 2022 sea igual o superior a $171.018.000.
Estas son la sanciones a las que puede acarrear si declara por fuera de los plazos establecidos:
- Pago de una sanción por declarar tarde conocida como sanción extemporaneidad, equivalente al 5% de su impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción después de la fecha establecida.
- La sanción mínima que se pagará en 2023 por las obligaciones incumplidas o mal cumplidas con la Dian es de $424.000. Es decir que solo por aclarar un día tarde, la persona natural debe asumir ese valor.
- Se le enviará un mensaje de advertencia notificando que la persona natural cuenta con un mes máximo para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. De no cumplir la obligación se le anexará un 10%, conforme a lo establecido en Artículo 642.
- En el caso de no declarar renta se le sumará un 20% como sanción con base en el valor de su consignaciones bancarias o bien en los ingresos brutos de la persona.
Fuentes:
https://www.ey.com/es_co/tax/pago-impuestos-personas-naturales-2023
https://www.infobae.com/colombia/2023/05/03/declaracion-de-renta-2023-quienes-y-cuando-deben-hacer-los-pagos/




